Cuando escuchamos que algunas empresas o personas físicas realizan importaciones y exportaciones nos causa duda saber cómo lo hacen y si es caro hacerlo, esta ocasión me gustaría indicar los impuestos y derechos relacionados con el comercio exterior.
Como lo mencionamos en el artículo anterior, para que una empresa o persona física realice importaciones deberá pertenecer al Padrón General de Importadores, este es un trámite que se realiza ante el SAT en su portal de internet utilizando su e.firma; en cuanto a los impuestos que se pagan en importación son; Impuesto General de Importación (IGI), este impuesto dependerá del tipo de producto que se esté importando y el porcentaje con el cuál esté gravado en la Ley General de Impuestos de Importación, también se deberá pagar el Derecho de Trámite Aduanero (DTA) mencionado en el artículo 49 de la Ley Federal de Derechos, asimismo, es importante decir que todas las mercancías de importación también deberán pagar obligatoriamente el 16% de IVA el cuál se calcula sobre la base del Valor Aduana, este valor aduana se compone del valor comercial de la factura más aquellos gastos relacionados en la importación como pueden ser Seguros, Fletes y otros incrementables, estos últimos 3 conceptos dependerán del INCOTERM utilizado en la compra – venta, en importaciones también existen restricciones no arancelarias (cuantitativas y cualitativas), lo que se refiere a que el gobierno no grava impuestos sino que realiza otro tipo de solicitudes al importador para hacer más restrictiva la entrada de algunas mercancías, dentro de estas restricciones no arancelarias pueden ser Permisos Previos, Cupos, cumplimiento de normas oficiales mexicanas, en este punto es importante mencionar que todas las mercancías de importación y que serán vendidas en el país deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas. En ocasiones es posible exentar el pago de IGI y/o DTA a través de la presentación de Certificados de Origen, esto dependerá del tipo de tratado o acuerdo del país que se trate la mercancía importada.
Respecto a los impuestos y derechos a pagar en las exportaciones de mercancías, se puede indicar que las exportaciones están exentas de IVA, esto lo contempla también la propia Ley del IVA, incluso la factura de exportación deberá emitirse sin tal desglose, respecto al Impuesto General de Exportación también se deberá consultar la ley respectiva para verificar el porcentaje a pagar (LIGIE-UNIFICADA-SEP2023-LIGIE_20230918-20230918.5.pdf (snice.gob.mx)), asimismo, también se deberá realizar el pago del Derecho de Trámite Aduanero aunque este puede ser exento al presentar certificado de origen siempre y cuando el país destino tenga acuerdo o tratado con nuestro país.
En cualquier de las anteriores dos operaciones, debemos saber que trasladar mercancía entre países generará gastos (costos de inventario), los cuales serán cada vez menos si la logística llevada a cabo se realiza en tiempo y forma, así como siempre realizar la presentación de toda la documentación necesaria para la operación.
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